Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
viernes, 9 de diciembre de 2016
Staff Previsional en Barcelona por Jubilaciones en Argentina
jueves, 24 de noviembre de 2016
Asesoramiento a Ex Agentes de YPF en Mar del Plata
Staff Previsional asesorará a Ex Agentes de YPF sobre el cobro de la Reparación Económica alcanzados por la Ley 27133.
A tal fin la Dra. Sandra Partenio informará sobre el tema el Martes 29 de Noviembre en la Asociación Mutual Ex Agentes YPF, sita en la calle Salta 1285 (Barrio La Perla) de la ciudad de MAR DEL PLATA. Teléfono: 0223 474-5420
También atenderá en la ciudad de BAHÍA BLANCA los días 1 y 2 de Diciembre.
Le recordamos que Staff Previsional y su equipo continuará con su viaje programado para el 6 de Diciembre en COMODORO RIVADAVIA.
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
A tal fin la Dra. Sandra Partenio informará sobre el tema el Martes 29 de Noviembre en la Asociación Mutual Ex Agentes YPF, sita en la calle Salta 1285 (Barrio La Perla) de la ciudad de MAR DEL PLATA. Teléfono: 0223 474-5420
También atenderá en la ciudad de BAHÍA BLANCA los días 1 y 2 de Diciembre.
Le recordamos que Staff Previsional y su equipo continuará con su viaje programado para el 6 de Diciembre en COMODORO RIVADAVIA.
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
martes, 22 de noviembre de 2016
Jubilados de Argentina: Nueva normativa para residentes en el exterior
Nota publicada en el Semanario "América Hoy" editado en Miami (Estados Unidos).
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
martes, 15 de noviembre de 2016
ATENCIÓN Ex Agentes de YPF
Para brindar información sobre el cobro de REPARACIÓN Económica, Sandra Partenio y el equipo de Staff Previsional darán una Charla informativa:
En RÍO GALLEGOS los días martes 15 y el miércoles 16 de noviembre a las 14 horas en el Centro de Jubilados de Servicios Públicos.
Durante el mes de Diciembre se repetirá la Reunión informativa sobre Reparación Económica y sobre REAJUSTES DE SENTENCIAS al Pago.
En COMODORO RIVADAVIA el día 6 de diciembre.
En CALETA OLIVIA y PICO TRUNCADO, los días 7 y 8 de diciembre.
Staff Previsional aprovecha la ocasión para recordarle que el 8 de DICIEMBRE se concretará la fiesta del cierre del año 2016. Se podrá concurrir solo con TARJETAS que se retiran en la Asociación Jubilados Jerárquicos Petroleros Privados.
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
jueves, 10 de noviembre de 2016
Staff Previsional informa sobre Ley 27.260 de Reparación Histórica
Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios Internacionales
Desde agosto pasado se encuentra vigente en Argentina
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la Ley 27.260 que ofrece a los beneficiarios de jubilaciones
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y pensiones un programa de actualización para sus
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haberes, basado en fallos judiciales e índices de movilidad
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establecidos por Anses para fijar dicha reparación.
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Jubilados y pensionados que cobraron sus beneficios
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antes del mes de julio de 2016 podrán preguntar si están
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afectados a esta propuesta de reparación por la página
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web del Anses conforme lo estipula la misma y siguiendo
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sus indicaciones.
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Se excluye a los jubilados de leyes especiales, como por
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ejemplo: Poder judicial, Docentes, Servicio exterior y
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otros. También se excluye a la amas de casa con moratorias
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y quienes accedieron al beneficio jubilatorio a partir
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del año 2004 solicitando algún plan de regularización
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de deudas por no tener aportes durante 30 años y cobrar
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un beneficio de carácter contributivo. Este beneficio tampoco
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incluye a regímenes provinciales no adheridos a la
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Nación.
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Además podrán consultar aquellos que están en reclamo
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judicial iniciado antes del mes de mayo de 2016 sin tener
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a la fecha sentencia firme, es decir que aún se encuentren
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en etapa de apelación, ya sea por Anses o por la
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parte actora o ambas.
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Todos estos casos están incluidos en el sistema de
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Reparación Histórica que conforme la normativa intenta
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poner fin a los futuros reclamos de haberes ante la justicia.
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El tema a destacar en esta cuestión es como se verá
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reflejado en el cobro mensual una jubilación o pensión de
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viudedad, el aporte de 30 o más años de trabajo en relación
al cargo o categoría que revistió en su etapa activa el trabajador. | ||||
Debemos destacar que el artículo 14 bis incorporado a la
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Constitución Nacional de la República Argentina establece
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que los derechos de la Seguridad Social son parte
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de los derechos fundamentales de la Nación para con
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sus habitantes, estableciendo que las jubilaciones y pensiones
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serán móviles ....guardando la debida proporcionalidad
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entre la etapa activa del trabajador y su grupo
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familiar como la etapa de pasividad o jubilatoria. Así lo
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interpretó anteriormente la Corte Suprema de Justicia
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en el Fallo Sánchez - Badaro II, entre tantos otros.
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El mismo tribunal también impartió al estado que establezca
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pautas de aplicación de los mismos fallos a fin de
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y para evitar que no acaben en los tribunales todos aquellos
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que sintieran menoscabado su derecho a un haber
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jubilatorio digno.
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Esta pretensión debió plasmarse en la ley de Reparación
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Histórica actualmente en vigencia. Se arbitró un mecanismo
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de información y acceso vía web, bastante amplio
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y accesible.
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Lo más importante a considerar respecto a la propuesta
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del Anses es saber donde uno está posicionado para
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luego decidir en función de cada caso cuál será el beneficio
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de la aceptación voluntaria y posterior firma del
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acuerdo transaccional.
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Beneficiados serán los que no han hecho reclamo judicial
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hasta la fecha y se encuentran jubilados con 30 años
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y no más de aportes en relación de dependencia o autónomos
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que hayan cotizado a categorías máximas por al
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menos 15 años o más. Servicios mixtos (dependencia y
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autónomos) y también en Convenios Bilaterales de
Se intenta beneficiar a quienes han pagado mayores aportes y por mayor cantidad de años. | ||||
Para aquellos que han trabajado hasta 45 años (la cantidad
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máxima de aportes reconocida) y que tienen un plus
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mayor por haber excedido los 30 años mínimos exigidos
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para jubilarse, ahora podrán tener mayores beneficios
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que los ofrecidos por la Reparación Histórica.
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En los casos de Incapacidades que de por sí ya cobraban
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un 70% de sus haberes, también podrán considerar
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la propuesta. Sin descartar que al momento de cumplir
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los 65 años se podría reconsiderar el cálculo del beneficio
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a mejor, por la transformación del mismo a jubilación
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ordinaria.
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Lo importante es informarse y saber que estos derechos
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están plasmados como derechos fundamentales en la
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Carta Magna de la República Argentina, por lo tanto no
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prescriben y son de carácter irrenunciables. Este es un
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beneficio no contemplado en todas las Constituciones de
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los demás países, a tener presente en cuanto a los derechos
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sociales de cada uno, por estar así contemplado.
Ante todos estos tecnicismos deberán informarse antes de avanzar en cualquier toma de decisión. | ||||
Como es nuestro estilo reiteramos que cada persona
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tiene un historia y vida laboral única, diferente al resto de
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sus pares y debe tener un tratamiento profesional especial
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y sobre todo al momento de hacer el contrato de su
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jubilación con el sistema para saber acceder a los mayores
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beneficios posibles.
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Sandra Partenio es Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social
y Convenio Bilateral
info@staffprevisional.com.ar
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jueves, 3 de noviembre de 2016
Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México
Ahora también ARGENTINOS en
Miami, EEUU y México
Asesórese con Staff Previsional en Miami:
(786) 531-7437
Para que podamos darle una respuesta ágil en tiempo y forma le solicitamos que complete el Formulario en: www.staffprevisional.com.ar/contacto.html
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Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
domingo, 2 de octubre de 2016
Reparación Económica a los Ex Agentes de YPF. Leyes 27133 y 25471
ATENCIÓN Ex Agentes de YPF
Daremos información sobre los casos en curso y próximos a cobrar de los Ex Agentes que nos han encomendado la gestión.
Gastos y Honorarios:
No se cobrará ningún gasto de inicio.
Es importante saber que para iniciar los trámites gratuitos las presentaciones son Personales. Al cobrar la Reparación Económica se deberán pagar los Honorarios.
Para aquellos que han hecho juicio por alguna razón a YPF desde el inicio de las PPP del año 1992, aún habiendo o no cobrado la ley 25471, los ex Agentes deberán saber que:
Economia y Consolidacion de Deuda Pública, mediante el envío de una Carta Documento al domicilio que figuraba en el padrón del Ex Agente, le notifica que su expediente es "Personal y Gratuito" con la exigencia de que queda "observado" hasta tanto presente copias legalizadas por el Juzgado.
Infórmese ya! No deje pasar más tiempo!
Estos son los canales de CONTACTO para obtener mayor información:
0297 4047452
02966 636809
02966316940
Av. Kirchner 372, piso 1 Of. 5
Río Gallegos
Lunes a viernes de 17 a 20 hs.
Dra. Fernández
o
Raúl Alfonsín (ex Libertad) 372 loc 3
Río Gallegos
de 10 a 16 hs.
REUNIÓN MENSUAL:
En Río Gallegos el 5 de octubre a las 17 hs. en el
Centro de Jubilados Servicios Públicos en la Calle CHILE 556
En Caleta Olivia el 12 de octubre a las 17 hs. en
SUPEH - Centro de jubilados.
En Comodoro Rivadavia el 11 de octubre de 10 a 13 hs. y el 14 de octubre de 15 a 18 hs. en
el Edificio SUPEH
Calle Gregorio Mayo 659
Barrio Gral Mosconi
Esta notificación está dirigida a los Ex Agentes de YPF al 31/12/1991, alcanzados por la Ley 27133 y la Ley 25471, relacionada con la REPARACIÓN ECONÓMICA.
Se refiere esencialmente al cobro de los bonos PR15 y a la INDEMNIZACIÓN que les corresponde por la Ley 27133.
Se refiere esencialmente al cobro de los bonos PR15 y a la INDEMNIZACIÓN que les corresponde por la Ley 27133.
Para brindar información
sobre el tema, Sandra Partenio y el equipo de StaffPrevisional estaremos:
En RÍO GALLEGOS el día 5 de octubre.
En COMODORO RIVADAVIA el día 11 de octubre.
En CALETA OLIVIA el 12 de octubre.
En Cañadón Seco, Pico Truncado y Las Heras el 13 de octubre.
Para participar,
deberá solicitar CITA PREVIA, comunicándose al teléfono gratuito 0800 222 7722 del ESTUDIO PARTENIO
y ASOC. con domicilio en Viamonte 740, piso
6 de la Cuidad de Buenos Aires.
Gastos y Honorarios:
No se cobrará ningún gasto de inicio.
Es importante saber que para iniciar los trámites gratuitos las presentaciones son Personales. Al cobrar la Reparación Económica se deberán pagar los Honorarios.
Para aquellos que han hecho juicio por alguna razón a YPF desde el inicio de las PPP del año 1992, aún habiendo o no cobrado la ley 25471, los ex Agentes deberán saber que:
Economia y Consolidacion de Deuda Pública, mediante el envío de una Carta Documento al domicilio que figuraba en el padrón del Ex Agente, le notifica que su expediente es "Personal y Gratuito" con la exigencia de que queda "observado" hasta tanto presente copias legalizadas por el Juzgado.
Infórmese ya! No deje pasar más tiempo!
Estos son los canales de CONTACTO para obtener mayor información:
0297 4047452
02966 636809
02966316940
Av. Kirchner 372, piso 1 Of. 5
Río Gallegos
Lunes a viernes de 17 a 20 hs.
Dra. Fernández
o
Raúl Alfonsín (ex Libertad) 372 loc 3
Río Gallegos
de 10 a 16 hs.
REUNIÓN MENSUAL:
En Río Gallegos el 5 de octubre a las 17 hs. en el
Centro de Jubilados Servicios Públicos en la Calle CHILE 556
En Caleta Olivia el 12 de octubre a las 17 hs. en
SUPEH - Centro de jubilados.
En Comodoro Rivadavia el 11 de octubre de 10 a 13 hs. y el 14 de octubre de 15 a 18 hs. en
el Edificio SUPEH
Calle Gregorio Mayo 659
Barrio Gral Mosconi
Atentos Saludos
Dra Sandra Partenio
Dra Sandra Partenio
martes, 6 de septiembre de 2016
Recepción de Documentos en Barcelona para gestionar en Argentina
Si desea realizar una Consulta sobre trámites en Argentina es indispensable que rellene este Formulario de Consulta.
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc
Después de rellenar el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 15 hs.
Para más información ingrese a nuestra página: www.staffprevisional.com.ar
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc
Después de rellenar el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 15 hs.
Para más información ingrese a nuestra página: www.staffprevisional.com.ar
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
lunes, 1 de agosto de 2016
Edad Jubilatoria: Comenta la Dra. Sandra Partenio titular de StaffPrevisional
Cada
país y su población es única.
La informalidad laboral y el crecimiento demográfico no deben ser puntos de conflicto a la hora de planificar políticas demográficas que sostengan los principios tutores y de protección de la integridad del ser humano. Principios incorporados a las Constituciones de los estados republicanos cuya obligación está en plena vigencia y avalado por los Tratados Internacionales en su totalidad.
Los
cambios para mejor en modalidades de trabajo y tecnologías deben
tomarse como de desarrollo e inclusión,
y en base a ello incorporar nuevas estrategias de financiamiento de los
sistemas de seguro social en vez de utilizar las viejas recetas del temor que
paralizan y desmotivan a los cotizantes al sistema.
Si
un trabajador sabe que en su mejor etapa activa va a tributar (porque los
aportes y contribuciones de empleado/empleador son un impuesto indirecto y
diferido) y que el Estado presente podrá hacerse cargo de su problema cuando
tenga alguna de las contingencias de salud o vejez o muerte, actúa como un
incentivo y no como un castigo.
Tomar
como principal el cuidado y la protección del ciudadano y su familia será
siempre un deber y una obligación de cualquier gobierno, sea cual fuere su
orientación económica.
Sin trabajadores y empresas no sobrevive ningún esquema social.
Y la esclavitud humana es lo que se intenta combatir desde cualquier razonamiento lógico objetivo.
Sandra
Partenio
Abogada
Especialista en Seguridad Social
-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.
En la NOTA publicada por Silvia Stang en el diario La Nación, encontrará más información sobre la edad jubilatoria
Viaje de StaffPrevisional a Comodoro Rivadavia, Caleta Olivia y Pico Truncado
Staff Previsional atenderá en COMODORO RIVADAVIA los días Lunes 1 de Agosto y 5 de Agosto.
El mismo día 2 de Agosto a las 16.30 hs. en el Centro de Jubilados "Alegría de Vivir" la Dra. Sandra Partenio y la Dra. Gabriela Caggiao darán una charla para informar acerca de la llamada "Ley de Reparación Histórica".
El Miércoles 3 de Agosto en el Centro de Jubilados SUPE se desarrollará una charla informativa destinada a Ex agentes YPF sobre el cobro de la Reparación PPP de la Ley 27133.
Para más información contactar al Sr. FONTI en el celular (0297) 404-7452.
El Jueves 4 de Agosto a las 14 hs. la atención se realizará en PICO TRUNCADO en el Centro de Jubilados. Se informará a Ex agentes YPF sobre el cobro de Indemnización PPP de la Ley 27133 y habrá una charla informativa sobre los reajustes de la Reparación a Jubilados.
Contactar al Sr. Fonti o al Sr. Varas al celular (0297) 404-7452.
lunes, 25 de julio de 2016
Pensión de Jubilación en España: Requisitos de edad y aportes
Ante reiteradas consultas sobre qué requisitos de edad y aportes se
modificaron a partir de enero de 2013, ponemos a disposición una tabla indicadora.
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
viernes, 22 de julio de 2016
En Barcelona: Gestiones Previsionales de Argentinos en Argentina
Para agilizar una respuesta a una Consulta sobre trámites en Argentina es indispensable que rellene el Formulario de Consulta.
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc
Rellenado el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 14 hs.
Más información ingresando a nuestra página: www.staffprevisional.com.ar
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc
Rellenado el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 14 hs.
Más información ingresando a nuestra página: www.staffprevisional.com.ar
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
martes, 19 de julio de 2016
Staff Previsional y los beneficios de las Moratorias Argentinas
Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios
Internacionales
Estamos cerca del 18 de septiembre de 2016, fecha asignada para poner fin al plan de facilidades de pagos vigente por la ley 26.970 en la República Argentina, que permite incorporar obligaciones previsionales adeudadas hasta el 30 de setiembre de 2003.
Está previsto prolongar por
3 años más para las mujeres y 1 para los hombres, así está tratado en la futura
ley a publicarse en el B.O. y su decreto reglamentario llamado de Reparación
Histórica Jubilatoria, sancionada por el Congreso argentino.
Después de esta última
prórroga terminarán las facilidades de pagos contempladas en las moratorias y
comenzaría a regir la Pensión Universal con características asistenciales y no
contributivas ni sucesibles.
También se está anticipando
una nueva ley previsional al sistema jubilatorio argentino que elevaría la edad
jubilatoria a 67 y 62 años hombre y mujer respectivamente.
A tal efecto podemos hoy
anticipar que los beneficios que nos conceden los planes de facilidades
vigentes: ley 26.476 y ley 26.970 permitirían proyectar la futura jubilación con
los años de edad y aportes para quienes hoy no tienen ni la edad ni los años de
aportes que exigirán las futuras leyes jubilatorias.
En otras palabras, una mujer
que hoy tiene 50 años y cotizaciones por 10 años en España, como ejemplo, en
caso de haber residido en Argentina desde sus 18 años (fecha legal para
cotizar) hasta los 40 de edad en que emigró, o sea
40-8=22 , podrá incorporar por beneficio de la moratoria vigente esos 22 años mediante la incorporación en plan de facilidades de pagos o moratoria. Cuando alcance los 62 años exigidos en Argentina, tendrá 22 +10 y lo que sume hasta esa fecha de cotizaciones reales.
40-8=22 , podrá incorporar por beneficio de la moratoria vigente esos 22 años mediante la incorporación en plan de facilidades de pagos o moratoria. Cuando alcance los 62 años exigidos en Argentina, tendrá 22 +10 y lo que sume hasta esa fecha de cotizaciones reales.
Este beneficio, que en
principio regirá por 3 años más, permitirá la inclusión en el régimen
contributivo previsional y no tendrá que depender de una asistencia de pensión
universal.
En igual ejemplo, un hombre
que requerirá 67 años de edad y seguramente 30 o más años de cotizaciones, hoy
puede optar por los beneficios de las moratorias vigentes, utilizando los años
que residió en Argentina (y que por alguna razón no le aportaron o las empresas
hubieran desaparecido de los registros por distintas crisis económicas).
Así
podría desde los 18 años cuando emigrara de Argentina en busca de mejores
condiciones laborales o por otros motivos, solicitar un régimen de facilidades
de pagos y adelantarse a incorporar esos años de contribuciones.
Unos aportes, de bajo costo
y pocos intereses, que le permitirá planificar su futura jubilación y sumar más
años de aportes.
Hoy es el momento de
replantearse una futura jubilación al menos en régimen general público y aún
poder acceder a sus beneficios que a mi entender son de carácter único en
relación a los otros regímenes jubilatorios vigentes que
solo exigen a los trabajadores más edad y más aportes, sin ninguna tregua más
que penalizar con disminuciones de las pensiones como única solución, sin
prever que es peor el remedio que la enfermedad.
Hoy, que debiéramos celebrar
que el hombre ha prolongado y mejorado la expectativa de vida que le permite
poder disfrutar en su anhelado retiro de postergados espacios del ocio
entendido como la contraparte al negocio, representa para los sistemas
jubilatorios un costo anual más que un premio o una inversión, que por el
momento no están dispuestos a resolver con ánimo de premio
sino como castigo.
Pareciera reinar una
ausencia de creatividad para alentar y no penalizar a quienes en definitiva son
los protagonistas y sostenedores de los sistemas previsionales del mundo.
Atento a este planteo, los
funcionarios responsables deberían hacer una introspección sobre su capacidad
para representar a quienes deben defender y no condenar.
Sandra Partenio es Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social
Convenio Bilateral
miércoles, 6 de julio de 2016
A la espera de la Reglamentación de la Deuda Previsional en el Boletín Oficial
En un artículo que publicó en el Diario Cronista, la Periodista Verónica Dalto expresa su opinión sobre los alcances que tendrá la Ley aprobada por el Congreso de la Nación. Quiénes adherirían y quiénes no.
Aquí un fragmento de la nota que podrá leer en forma completa haciendo CLÍCK AQUÍ:
"Deuda previsional: anticipan baja adhesión de los jubilados que tengan sentencia firme
En cambio, se espera que quienes iniciaron juicio firmen el acuerdo según la quita, que puede ir desde el 10% al 70%. Se estima que habrá alta adhesión de los que no litigaron"
"En el acuerdo que ofrece la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) para regularizar las deudas previsionales, los abogados que asesoran a los jubilados prevén una adhesión mínima por parte de aquellos que obtuvieron sentencia firme, una aceptación atada a la quita entre los que aún están en juicio y un alto nivel de acuerdo entre los que no litigaron."
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
Aquí un fragmento de la nota que podrá leer en forma completa haciendo CLÍCK AQUÍ:
"Deuda previsional: anticipan baja adhesión de los jubilados que tengan sentencia firme
En cambio, se espera que quienes iniciaron juicio firmen el acuerdo según la quita, que puede ir desde el 10% al 70%. Se estima que habrá alta adhesión de los que no litigaron"
"En el acuerdo que ofrece la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) para regularizar las deudas previsionales, los abogados que asesoran a los jubilados prevén una adhesión mínima por parte de aquellos que obtuvieron sentencia firme, una aceptación atada a la quita entre los que aún están en juicio y un alto nivel de acuerdo entre los que no litigaron."
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
jueves, 30 de junio de 2016
Avanza el Proyecto de Subir la Edad Jubilatoria
El debate por una nueva edad para jubilarse se da en la Argentina y el mundo
Con este título Sebastián Hadida escribió una nota que publicó para el diario La Nación.
Reproducimos parte del contenido por considerar que es de sumo interés para las personas que se jubilarán en el futuro.
La NOTA completa la puede leer en el siguiente enlace:
http://www.lanacion.com.ar/1912554-el-debate-por-una-nueva-edad-para-jubilarse-se-da-en-la-argentina-y-el-mundo
"La sola mención de la posibilidad de elevar dos años más la edad jubilatoria pone los pelos de punta a los representantes sindicales, que no quieren saber nada con lo que -según apuntan- sería un avance sobre los derechos laborales.
Fuentes del Ministerio de Trabajo señalaron a LA NACIÓN que esta reforma (que elevaría a 67 años en el caso del hombre y a 62 en la mujer) no es una prioridad en la agenda inmediata del Gobierno, pero que "es un tema que se planteó" y que podría "estudiarse" más adelante."
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
Mientras que sus defensores argumentan que a los 65 años se
es joven y productivo, sus detractores dicen que atenta contra derechos
fundamentales
Con este título Sebastián Hadida escribió una nota que publicó para el diario La Nación.
Reproducimos parte del contenido por considerar que es de sumo interés para las personas que se jubilarán en el futuro.
La NOTA completa la puede leer en el siguiente enlace:
http://www.lanacion.com.ar/1912554-el-debate-por-una-nueva-edad-para-jubilarse-se-da-en-la-argentina-y-el-mundo
"La sola mención de la posibilidad de elevar dos años más la edad jubilatoria pone los pelos de punta a los representantes sindicales, que no quieren saber nada con lo que -según apuntan- sería un avance sobre los derechos laborales.
Fuentes del Ministerio de Trabajo señalaron a LA NACIÓN que esta reforma (que elevaría a 67 años en el caso del hombre y a 62 en la mujer) no es una prioridad en la agenda inmediata del Gobierno, pero que "es un tema que se planteó" y que podría "estudiarse" más adelante."
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
lunes, 13 de junio de 2016
Jubilaciones en Argentina para Argentinos residentes en España
Staff Previsional quiere recordarle la importancia de RELLENAR el Formulario que encontrará en el siguiente enlace, INDISPENSABLE para agilizar una respuesta a una Consulta sobre trámites en Argentina.
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc
Rellenado el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 14 hs.
Más información ingresando a nuestra página: www.staffprevisional.com.ar
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc
Rellenado el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 14 hs.
Más información ingresando a nuestra página: www.staffprevisional.com.ar
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
domingo, 12 de junio de 2016
Staff Previsional brinda importantes consejos a Pensionados
Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios
Internacionales
Se nos acumulan consultas referidas a
cuestiones esenciales de las jubilaciones
argentinas que intentaremos contestar
esquemáticamente. Siempre os aconsejamos
que pidáis asesoramiento a los especialistas y no a un improvisado.
Comenzaré refiriéndome al derecho irrenunciable de percibir una pensión mínima.
En lo relativo al convenio bilateral entre España y Argentina y basados en el principio pro ratus, el total percibido nunca puede ser menor a la pensión mínima pactada entre ambos estados.
El país donde se reside es el responsable de solventar el mínimo referido ya sea por medios o por complementos a mínimos.
Se da por entendido que un pensionado que vive con esa renta no debe ser perjudicado por el devenir de los vaivenes económicos.
Existe el precepto que ningún pensionado con la pensión mínima, deberá cobrar menos de aquella cifra.
Respecto a la Moratoria Previsional que el estado argentino pusiera en marcha en 2014, diremos que finalizará el próximo 30 de setiembre del presente año el plazo previsto por dicha ley para solicitar su inclusión, por lo que si aún los interesados no hubieran solicitado los beneficios de la misma podrían hacerlo todavía hasta el próximo 30 de setiembre. Todas las personas que estén próximas a jubilarse podrán acceder a este beneficio si se dan los requisitos detallados.
Las personas fallecidas también podrán transmitir la pensión de viudedad si hubieran estado con anterioridad inscritas al padrón de Autónomos del régimen argentino únicamente.
Aquellas personas que no teniendo la edad requerida para jubilarse al 30 de setiembre de 2016, pero que aún no reúnan los 30 años de
aportes requeridos por el sistema jubilatorio argentino, podrán realizarlo mediante un expediente de reconocimiento de años de aportes o servicios, sumar los años faltantes y pagar mediante cuotas (hasta 60) que permite el "plan de regularización" y de esta manera utilizar los beneficios y hacer uso de las moratorias aún vigentes. Lo importante es destacar que una vez presentada toda la información, el formulario pide firmar en carácter de una declaración jurada todo lo manifestado.
Por este motivo, considero que se debe trabajar con mucha delicadeza y en profundidad cada caso.
Toda una vida de trabajo no se puede simplificar en un turno de presentación de los formularios.
Esta es nuestra filosofía desde 1964.
Sandra Partenio es Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social
Convenio Bilateral
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