viernes, 9 de diciembre de 2016

Staff Previsional en Barcelona por Jubilaciones en Argentina

Entre el 11 y el 13 de ENERO de 2017, la Dra. Sandra Partenio asesorará en forma personalizada a Argentinos residentes en Barcelona sobre Gestiones Jubilatorias en ARGENTINA.  


Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

jueves, 24 de noviembre de 2016

Asesoramiento a Ex Agentes de YPF en Mar del Plata

Staff Previsional asesorará a Ex Agentes de YPF sobre el cobro de la Reparación Económica alcanzados por la Ley 27133.

A tal fin la Dra. Sandra Partenio informará sobre el tema el Martes 29 de Noviembre en la Asociación Mutual Ex Agentes YPF, sita en la calle Salta 1285 (Barrio La Perla) de la ciudad de MAR DEL PLATA. Teléfono: 0223 474-5420

También atenderá en la ciudad de BAHÍA BLANCA los días 1 y 2 de Diciembre.

Le recordamos que Staff Previsional y su equipo continuará con su viaje programado para el 6 de Diciembre en COMODORO RIVADAVIA.

Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

martes, 22 de noviembre de 2016

martes, 15 de noviembre de 2016

ATENCIÓN Ex Agentes de YPF

Para brindar información sobre el cobro de REPARACIÓN Económica, Sandra Partenio y el equipo de Staff Previsional darán una Charla informativa: 
En RÍO GALLEGOS los días martes 15 y el miércoles 16 de noviembre a las 14 horas en el Centro de Jubilados de Servicios Públicos.

Durante el mes de Diciembre se repetirá la Reunión informativa sobre Reparación Económica y sobre REAJUSTES DE SENTENCIAS al Pago.
En COMODORO RIVADAVIA el día 6 de diciembre.
En CALETA OLIVIA y PICO TRUNCADO, los días 7 y 8 de diciembre.

Staff Previsional aprovecha la ocasión para recordarle que el 8 de DICIEMBRE se concretará la fiesta del cierre del año 2016. Se podrá concurrir solo con TARJETAS que se retiran en la Asociación Jubilados Jerárquicos Petroleros Privados.

Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

jueves, 10 de noviembre de 2016

Staff Previsional informa sobre Ley 27.260 de Reparación Histórica

Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios Internacionales



Desde agosto pasado se encuentra vigente en Argentina

la Ley 27.260 que ofrece a los beneficiarios de jubilaciones

y pensiones un programa de actualización para sus

haberes, basado en fallos judiciales e índices de movilidad

establecidos por Anses para fijar dicha reparación.

Jubilados y pensionados que cobraron sus beneficios

antes del mes de julio de 2016 podrán preguntar si están

afectados a esta propuesta de reparación por la página

web del Anses conforme lo estipula la misma y siguiendo

sus indicaciones.


Se excluye a los jubilados de leyes especiales, como por

ejemplo: Poder judicial, Docentes, Servicio exterior y

otros. También se excluye a la amas de casa con moratorias

y quienes accedieron al beneficio jubilatorio a partir

del año 2004 solicitando algún plan de regularización

de deudas por no tener aportes durante 30 años y cobrar

un beneficio de carácter contributivo. Este beneficio tampoco

incluye a regímenes provinciales no adheridos a la

Nación.


Además podrán consultar aquellos que están en reclamo

judicial iniciado antes del mes de mayo de 2016 sin tener

a la fecha sentencia firme, es decir que aún se encuentren

en etapa de apelación, ya sea por Anses o por la

parte actora o ambas.

Todos estos casos están incluidos en el sistema de

Reparación Histórica que conforme la normativa intenta

poner fin a los futuros reclamos de haberes ante la justicia.

El tema a destacar en esta cuestión es como se verá

reflejado en el cobro mensual una jubilación o pensión de

viudedad, el aporte de 30 o más años de trabajo en relación
al cargo o categoría que revistió en su etapa activa el
trabajador.


Debemos destacar que el artículo 14 bis incorporado a la
Constitución Nacional de la República Argentina establece
que los derechos de la Seguridad Social son parte
de los derechos fundamentales de la Nación para con
sus habitantes, estableciendo que las jubilaciones y pensiones
serán móviles ....guardando la debida proporcionalidad
entre la etapa activa del trabajador y su grupo
familiar como la etapa de pasividad o jubilatoria. Así lo
interpretó anteriormente la Corte Suprema de Justicia
en el Fallo Sánchez - Badaro II, entre tantos otros.
El mismo tribunal también impartió al estado que establezca
pautas de aplicación de los mismos fallos a fin de
y para evitar que no acaben en los tribunales todos aquellos
que sintieran menoscabado su derecho a un haber
jubilatorio digno.

Esta pretensión debió plasmarse en la ley de Reparación
Histórica actualmente en vigencia. Se arbitró un mecanismo
de información y acceso vía web, bastante amplio
y accesible.

Lo más importante a considerar respecto a la propuesta
del Anses es saber donde uno está posicionado para
luego decidir en función de cada caso cuál será el beneficio
de la aceptación voluntaria y posterior firma del
acuerdo transaccional.

Beneficiados serán los que no han hecho reclamo judicial
hasta la fecha y se encuentran jubilados con 30 años
y no más de aportes en relación de dependencia o autónomos
que hayan cotizado a categorías máximas por al
menos 15 años o más. Servicios mixtos (dependencia y
autónomos) y también en Convenios Bilaterales de
Seguridad Social por iguales características. 
Se intenta beneficiar a quienes han pagado mayores aportes
y por 
mayor cantidad de años.                         


Para aquellos que han trabajado hasta 45 años (la cantidad
máxima de aportes reconocida) y que tienen un plus
mayor por haber excedido los 30 años mínimos exigidos
para jubilarse, ahora podrán tener mayores beneficios
que los ofrecidos por la Reparación Histórica.
En los casos de Incapacidades que de por sí ya cobraban
un 70% de sus haberes, también podrán considerar
la propuesta. Sin descartar que al momento de cumplir
los 65 años se podría reconsiderar el cálculo del beneficio
a mejor, por la transformación del mismo a jubilación
ordinaria. 
 


Lo importante es informarse y saber que estos derechos
están plasmados como derechos fundamentales en la
Carta Magna de la República Argentina, por lo tanto no
prescriben y son de carácter irrenunciables. Este es un
beneficio no contemplado en todas las Constituciones de
los demás países, a tener presente en cuanto a los derechos
sociales de cada uno, por estar así contemplado.
Ante todos estos tecnicismos deberán informarse antes
de avanzar en cualquier toma de decisión.
Como es nuestro estilo reiteramos que cada persona
tiene un historia y vida laboral única, diferente al resto de
sus pares y debe tener un tratamiento profesional especial
y sobre todo al momento de hacer el contrato de su
jubilación con el sistema para saber acceder a los mayores
beneficios posibles.

Sandra Partenio es Abogada argentina             
Especialista en Seguridad Social            
y Convenio Bilateral          
info@staffprevisional.com.ar



jueves, 3 de noviembre de 2016

Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México

Ahora también ARGENTINOS en Miami, EEUU y México


Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México

Asesórese con Staff Previsional en Miami:
(786) 531-7437

Para que podamos darle una respuesta ágil en tiempo y forma le solicitamos que complete el Formulario en: www.staffprevisional.com.ar/contacto.html


Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México
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Homenaje al Dr. Raúl Alfonsín en Miami

Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México


Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

domingo, 2 de octubre de 2016

Reparación Económica a los Ex Agentes de YPF. Leyes 27133 y 25471

ATENCIÓN Ex Agentes de YPF


Esta notificación está dirigida a los Ex Agentes de YPF al 31/12/1991, alcanzados por la Ley 27133 y la Ley 25471, relacionada con la REPARACIÓN ECONÓMICA.
Se refiere esencialmente al cobro de los bonos PR15 y a la INDEMNIZACIÓN que les corresponde por la Ley 27133.

Para brindar información sobre el tema, Sandra Partenio y el equipo de StaffPrevisional estaremos: 
En RÍO GALLEGOS el día 5 de octubre.
En COMODORO RIVADAVIA el día 11 de octubre.
En CALETA OLIVIA el 12 de octubre.
En Cañadón Seco, Pico Truncado y Las Heras el 13 de octubre.

Para participar, deberá solicitar CITA PREVIA, comunicándose al teléfono gratuito 0800 222 7722 del ESTUDIO PARTENIO y ASOC. con domicilio en Viamonte 740, piso 6 de la Cuidad de Buenos Aires.

Daremos información sobre los casos en curso y próximos a cobrar de los Ex Agentes que nos han encomendado la gestión.

Gastos y Honorarios:
No se cobrará ningún gasto de inicio. 

Es importante saber que para iniciar los trámites gratuitos las presentaciones son Personales. Al cobrar la Reparación Económica se deberán pagar los Honorarios. 

Para aquellos que han hecho juicio por alguna razón a YPF desde el inicio de las PPP del año 1992, aún habiendo o no cobrado la ley 25471, los ex Agentes deberán saber que: 
Economia y Consolidacion  de Deuda Pública, mediante el envío de una Carta Documento al domicilio que figuraba en el padrón del Ex Agente, le notifica que su expediente es "Personal y Gratuito" con la exigencia de que queda "observado" hasta tanto presente copias legalizadas por el Juzgado.
Infórmese ya! No deje pasar más tiempo!


Estos son los canales de CONTACTO para obtener mayor información:

0297 4047452

02966 636809
02966316940

Av. Kirchner 372, piso 1 Of. 5
Río Gallegos
Lunes a viernes de 17 a 20 hs.
Dra. Fernández 


o

Raúl Alfonsín (ex Libertad) 372 loc 3 

Río Gallegos
de 10 a 16 hs.

REUNIÓN MENSUAL:
En Río Gallegos el 5 de octubre a las 17 hs. en el
Centro de Jubilados Servicios Públicos en la Calle CHILE 556 


En Caleta Olivia el 12 de octubre a las 17 hs. en
SUPEH - Centro de jubilados.


En Comodoro Rivadavia el 11 de octubre de 10 a 13 hs. y el 14 de octubre de 15 a 18 hs. en
el Edificio SUPEH
Calle Gregorio Mayo 659
Barrio Gral Mosconi



Atentos Saludos
Dra Sandra Partenio

martes, 6 de septiembre de 2016

Recepción de Documentos en Barcelona para gestionar en Argentina

Si desea realizar una Consulta sobre trámites en Argentina es indispensable que rellene este Formulario de Consulta.
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc

Después de rellenar el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 15 hs.

Para más información ingrese a nuestra página: www.staffprevisional.com.ar


Jubilaciones en Argentina de argentinos en Barcelona

Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

lunes, 1 de agosto de 2016

Edad Jubilatoria: Comenta la Dra. Sandra Partenio titular de StaffPrevisional

Cada país y su población es única.

La informalidad laboral y el crecimiento demográfico no deben ser puntos de conflicto a la hora de planificar políticas demográficas que sostengan los principios tutores y de protección de la integridad del ser humano.  Principios incorporados a las Constituciones de los estados republicanos cuya obligación está en plena vigencia y avalado por los Tratados Internacionales en su totalidad.

Los cambios para mejor en modalidades de trabajo y tecnologías deben tomarse como de desarrollo e inclusión,  y en base a ello incorporar nuevas estrategias de financiamiento de los sistemas de seguro social en vez de utilizar las viejas recetas del temor que paralizan y desmotivan a los cotizantes al sistema.

Si un trabajador sabe que en su mejor etapa activa va a tributar (porque los aportes y contribuciones de empleado/empleador son un impuesto indirecto y diferido) y que el Estado presente podrá hacerse cargo de su problema cuando tenga alguna de las contingencias de salud o vejez o muerte, actúa como un incentivo y no como un castigo.

Tomar como principal el cuidado y la protección del ciudadano y su familia será siempre un deber y una obligación de cualquier gobierno, sea cual fuere su orientación económica.

Sin trabajadores y empresas no sobrevive ningún esquema social.
Y la esclavitud  humana es lo que se intenta combatir desde cualquier razonamiento lógico objetivo. 

Sandra Partenio
Abogada Especialista en Seguridad Social

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En la NOTA publicada por Silvia Stang en el diario La Nación, encontrará más información sobre la edad jubilatoria


Hasta cuando trabajo edad jubilatoriaHasta cuando trabajo edad jubilatoria

Viaje de StaffPrevisional a Comodoro Rivadavia, Caleta Olivia y Pico Truncado

Staff Previsional atenderá en COMODORO RIVADAVIA los días Lunes 1 de Agosto y 5 de Agosto.

En CALETA OLIVIA: El día Martes 2 de Agosto de 9 a 13hs. en San Martín 411 PB of. 3 (AJPJP) los Sres. Romero y Ferrando recibirán a las personas con Clave de la Seguridad Social y Datos Biométricos (huella digital) y atenderán consultas de reajustes.

El mismo día 2 de Agosto a las 16.30 hs. en el Centro de Jubilados "Alegría de Vivir" la Dra. Sandra Partenio y la Dra. Gabriela Caggiao darán una charla para informar acerca de la llamada "Ley de Reparación Histórica".

El Miércoles 3 de Agosto en el Centro de Jubilados SUPE se desarrollará una charla informativa destinada a Ex agentes YPF sobre el cobro de la Reparación PPP de la Ley 27133.
Para más información contactar al Sr. FONTI en el celular (0297) 404-7452.



El Jueves 4 de Agosto a las 14 hs. la atención se realizará en PICO TRUNCADO en el Centro de Jubilados. Se informará a Ex agentes YPF sobre el cobro de Indemnización PPP de la Ley 27133 y habrá una charla informativa sobre los reajustes de la Reparación a Jubilados.
Contactar al Sr. Fonti o al Sr. Varas al celular (0297) 404-7452.


lunes, 25 de julio de 2016

Pensión de Jubilación en España: Requisitos de edad y aportes

Ante reiteradas consultas sobre qué requisitos de edad y aportes se modificaron a partir de enero de 2013, ponemos a disposición una tabla indicadora.


Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

viernes, 22 de julio de 2016

En Barcelona: Gestiones Previsionales de Argentinos en Argentina

Para agilizar una respuesta a una Consulta sobre trámites en Argentina es indispensable que rellene el Formulario de Consulta.
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc

Rellenado el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 14 hs.

Más información ingresando a nuestra  página: www.staffprevisional.com.ar


Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

martes, 19 de julio de 2016

Staff Previsional y los beneficios de las Moratorias Argentinas

Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios 
Internacionales





Estamos cerca del 18 de septiembre de 2016, fecha asignada para poner fin al plan de facilidades de pagos vigente por la ley 26.970 en la República Argentina, que permite incorporar obligaciones previsionales adeudadas hasta el 30 de setiembre de 2003.

Está previsto prolongar por 3 años más para las mujeres y 1 para los hombres, así está tratado en la futura ley a publicarse en el B.O. y su decreto reglamentario llamado de Reparación Histórica Jubilatoria, sancionada por el Congreso argentino.

Después de esta última prórroga terminarán las facilidades de pagos contempladas en las moratorias y comenzaría a regir la Pensión Universal con características asistenciales y no contributivas ni sucesibles.

También se está anticipando una nueva ley previsional al sistema jubilatorio argentino que elevaría la edad jubilatoria a 67 y 62 años hombre y mujer respectivamente.
A tal efecto podemos hoy anticipar que los beneficios que nos conceden los planes de facilidades vigentes: ley 26.476 y ley 26.970 permitirían proyectar la futura jubilación con los años de edad y aportes para quienes hoy no tienen ni la edad ni los años de aportes que exigirán las futuras leyes jubilatorias.

En otras palabras, una mujer que hoy tiene 50 años y cotizaciones por 10 años en España, como ejemplo, en caso de haber residido en Argentina desde sus 18 años (fecha legal para cotizar) hasta los 40 de edad en que emigró, o sea
40-8=22 , podrá incorporar por beneficio de la moratoria vigente esos 22 años mediante la incorporación en plan de facilidades de pagos o moratoria. Cuando alcance los 62 años exigidos en Argentina, tendrá 22 +10 y lo que sume hasta esa fecha de cotizaciones reales.

Este beneficio, que en principio regirá por 3 años más, permitirá la inclusión en el régimen contributivo previsional y no tendrá que depender de una asistencia de pensión universal.
En igual ejemplo, un hombre que requerirá 67 años de edad y seguramente 30 o más años de cotizaciones, hoy puede optar por los beneficios de las moratorias vigentes, utilizando los años que residió en Argentina (y que por alguna razón no le aportaron o las empresas hubieran desaparecido de los registros por distintas crisis económicas). 

Así podría desde los 18 años cuando emigrara de Argentina en busca de mejores condiciones laborales o por otros motivos, solicitar un régimen de facilidades de pagos y adelantarse a incorporar esos años de contribuciones.

Unos aportes, de bajo costo y pocos intereses, que le permitirá planificar su futura jubilación y sumar más años de aportes.

Hoy es el momento de replantearse una futura jubilación al menos en régimen general público y aún poder acceder a sus beneficios que a mi entender son de carácter único en relación a los otros regímenes jubilatorios vigentes que solo exigen a los trabajadores más edad y más aportes, sin ninguna tregua más que penalizar con disminuciones de las pensiones como única solución, sin prever que es peor el remedio que la enfermedad.

Hoy, que debiéramos celebrar que el hombre ha prolongado y mejorado la expectativa de vida que le permite poder disfrutar en su anhelado retiro de postergados espacios del ocio entendido como la contraparte al negocio, representa para los sistemas jubilatorios un costo anual más que un premio o una inversión, que por el momento no están dispuestos a resolver con ánimo de premio sino como castigo.

Pareciera reinar una ausencia de creatividad para alentar y no penalizar a quienes en definitiva son los protagonistas y sostenedores de los sistemas previsionales del mundo.
Atento a este planteo, los funcionarios responsables deberían hacer una introspección sobre su capacidad para representar a quienes deben defender y no condenar. 

Sandra Partenio es Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social
Convenio Bilateral

miércoles, 6 de julio de 2016

A la espera de la Reglamentación de la Deuda Previsional en el Boletín Oficial

En un artículo que publicó en el Diario Cronista, la Periodista Verónica Dalto expresa su opinión sobre los alcances que tendrá la Ley aprobada por el Congreso de la Nación. Quiénes adherirían y quiénes no.

Aquí un fragmento de la nota que podrá leer en forma completa haciendo CLÍCK AQUÍ:

"Deuda previsional: anticipan baja adhesión de los jubilados que tengan sentencia firme
En cambio, se espera que quienes iniciaron juicio firmen el acuerdo según la quita, que puede ir desde el 10% al 70%. Se estima que habrá alta adhesión de los que no litigaron"

Deuda previsional: anticipan baja adhesión de los jubilados que tengan sentencia firme
"En el acuerdo que ofrece la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) para regularizar las deudas previsionales, los abogados que asesoran a los jubilados prevén una adhesión mínima por parte de aquellos que obtuvieron sentencia firme, una aceptación atada a la quita entre los que aún están en juicio y un alto nivel de acuerdo entre los que no litigaron."

Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

jueves, 30 de junio de 2016

Avanza el Proyecto de Subir la Edad Jubilatoria

El debate por una nueva edad para jubilarse se da en la Argentina y el mundo
Mientras que sus defensores argumentan que a los 65 años se es joven y productivo, sus detractores dicen que atenta contra derechos fundamentales

Con este título Sebastián Hadida escribió una nota que publicó para el diario La Nación.
Reproducimos parte del contenido por considerar que es de sumo interés para las personas que se jubilarán en el futuro.

La NOTA completa la puede leer en el siguiente enlace:
http://www.lanacion.com.ar/1912554-el-debate-por-una-nueva-edad-para-jubilarse-se-da-en-la-argentina-y-el-mundo


"La sola mención de la posibilidad de elevar dos años más la edad jubilatoria pone los pelos de punta a los representantes sindicales, que no quieren saber nada con lo que -según apuntan- sería un avance sobre los derechos laborales.

Fuentes del Ministerio de Trabajo señalaron a LA NACIÓN que esta reforma (que elevaría a 67 años en el caso del hombre y a 62 en la mujer) no es una prioridad en la agenda inmediata del Gobierno, pero que "es un tema que se planteó" y que podría "estudiarse" más adelante."

Staff Previsional anuncia: Avanza el Proyecto de Subir la Edad Jubilatoria

Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

lunes, 13 de junio de 2016

Jubilaciones en Argentina para Argentinos residentes en España

Staff Previsional quiere recordarle la importancia de RELLENAR el Formulario que encontrará en el siguiente enlace, INDISPENSABLE para agilizar una respuesta a una Consulta sobre trámites en Argentina.
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc

Rellenado el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 14 hs.

Más información ingresando a nuestra página: www.staffprevisional.com.ar


Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

domingo, 12 de junio de 2016

Staff Previsional brinda importantes consejos a Pensionados

Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios 
Internacionales


Se nos acumulan consultas referidas a
cuestiones esenciales de las jubilaciones
argentinas que intentaremos contestar
esquemáticamente. Siempre os aconsejamos
que pidáis asesoramiento a los especialistas y no a un improvisado.

Comenzaré refiriéndome al derecho irrenunciable de percibir una pensión mínima.

En lo relativo al convenio bilateral entre España y Argentina y basados en el principio pro ratus, el total percibido nunca puede ser menor a la pensión mínima pactada entre ambos estados. 
El país donde se reside es el responsable de solventar el mínimo referido ya sea por medios o por complementos a mínimos.

Se da por entendido que un pensionado que vive con esa renta no debe ser perjudicado por el devenir de los vaivenes económicos. 
Existe el precepto que ningún pensionado con la pensión mínima, deberá cobrar menos de aquella cifra.

Respecto a la Moratoria Previsional que el estado argentino pusiera en marcha en 2014, diremos que finalizará el próximo 30 de setiembre del presente año el plazo previsto por dicha ley para solicitar su inclusión, por lo que si aún los interesados no hubieran solicitado los beneficios de la misma podrían hacerlo todavía hasta el próximo 30 de setiembre. Todas las personas que estén próximas a jubilarse podrán acceder este beneficio si se dan los requisitos detallados.

Las personas fallecidas también podrán transmitir la pensión de viudedad si hubieran estado con anterioridad inscritas al padrón de Autónomos del régimen argentino únicamente.

Aquellas personas que no teniendo la edad requerida para jubilarse al 30 de setiembre de 2016, pero que aún no reúnan los 30 años de 
aportes requeridos por el sistema jubilatorio argentino, podrán realizarlo mediante un expediente de reconocimiento de años de aportes o servicios, sumar los años faltantes y pagar mediante cuotas (hasta 60) que permite el "plan de regularización" y de esta manera utilizar los beneficios y hacer uso de las moratorias aún vigentes. Lo importante es destacar que una vez presentada toda la información, el formulario pide firmar en carácter de una declaración jurada todo lo manifestado.

Por este motivo, considero que se debe trabajar con mucha delicadeza y en profundidad cada caso. 

Toda una vida de trabajo no se puede simplificar en un turno de presentación de los formularios.

Esta es nuestra filosofía desde 1964.


Sandra Partenio es Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social
Convenio Bilateral