lunes, 24 de julio de 2017

En MAR DEL PLATA: Reparación Económica LEY 27133/15

El jueves 27 y el viernes 28 de julio, de 9 a 16 hs. Sandra Partenio y su equipo darán una CHARLA INFORMATIVA para los Ex Agentes de YPF y Herederos en donde se les explicará qué pasó con el cobro de sus ACCIONES de la REPARACIÓN ECONÓMICA LEY 27133/15 y cómo cobrar el BONO PR15.

La reunión tendrá lugar en La Asociación Mutual Ex Agentes YPF, sita en la calle Salta 1285 en el Barrio La Perla de la ciudad de MAR DEL PLATA

Asesoramiento para todo el País:
ESTUDIO PARTENIO y Asoc.
Teléfono gratuito 0800 222 7722 


Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

lunes, 17 de julio de 2017

Moratoria Previsional: Ley 26.970

Nota publicada en la Revista ARG Express del mes de Julio

MORATORIA: Hasta el 23 de Julio de 2019

Escribe Sandra Partenio


La reglamentación de la ley que implementó la novedosa Reparación Histórica a Jubilados y Pensionados del Régimen General Previsional Argentino, denominado SIPA, estableció el plazo que vencería el beneficio de la moratoria previsional en caso de mujeres y hombres que estaban en plazo de arribar a los 65 años. Es decir, que propició un margen para aquellos que si bien estaban próximos a cumplir la edad jubilatoria aún debían esperar a ello. La ley 27.260 /16 en su artículo 22 determina una prórroga de 3 años de la Moratoria, sólo para el caso de las mujeres, y especifica que este plazo podrá ser prorrogado por igual término. En el caso de los hombres, el plazo vencería el 27 de septiembre de este año.


Sin embargo, el Decreto Reglamentario Nº 894/2016 establece que la Moratoria Previsional Ley Nº 26.970 vencerá el día 23 de julio de 2019. Interpretando esta última fecha de vencimiento como la entrada en vigencia de la nueva y futura reforma previsional, la cual será progresiva en cuanto a mayores requisitos de edad y aportes.


Al no aplicarse la prerrogativa de la norma desde el ente regulador previsional, el Anses, desde hace más de un año, el director ejecutivo de este organismo ha sido recientemente denunciado por este motivo. Ahora se le exige que establezca en forma inmediata la aplicación e implementación de lo que reglamenta la ley citada.


Desde  septiembre de 2016, quienes no tenían una edad menor a 64 años eran obligados a ingresar en la Pensión Universal, nuevo concepto de prestación previsional devenida en una asistencia notablemente menor, perjudicial y en claro detrimento de sus derechos constitucionales.


Ahora, los cotizantes podrán acogerse al beneficio de la Moratoria Previsional (sin dudar) hasta el 27 de septiembre de 2019. Tanto del ama de casa o de adquisición de los años necesarios faltantes, aquellos que no han podido o no les fueron ingresados los aportes en el periodo anterior al año 1993. En los casos que corresponda, hombres y mujeres gozarán del precepto de "inclusión previsional" que comenzó a aplicarse a partir del año 2004, como una importante conquista social.

Sandra Partenio
Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social  y Convenio Bilateral
info@staffprevisional.com

sábado, 1 de julio de 2017

Cambios en el Sistema jubilatorio argentino

REFORMA INMINENTE. Sistema jubilatorio argentino
Nota que publicó la Revista ARG Express escrita por la titular de Staff Previsional, la abogada Sandra Partenio


El sistema jubilatorio argentino está siendo evaluado a fin de avanzar en una inminente nueva reforma. Las razones obedecen a necesidades de unificar criterios de edad  entre mujeres y hombres, y años de aportes o cotizaciones mínimos requeridos.

Las directivas del gobierno actualmente obedecen a que es imperioso universalizar los requisitos por razones políticas económica-financieras y por último, demográficas o biológicas.

Este es un tema espinoso ya que afecta al segmento más vulnerable de la sociedad, la ancianidad y a la imperiosa obligación de los estados en la garantía de los derechos de los trabajadores en su etapa pasiva, para que puedan vivir del impuesto que han tributado a lo largo de su vida laboral.

La futura Reforma intentará al menos poder satisfacer en el corto plazo las coberturas de pago de pensiones por parte del Estado. 

Esta solución se limitará a elevar la edad para acceder al beneficio, poniendo como excusa la prolongación de la expectativa de vida y otros factores propios de los tiempos que corren, que en vez de jugar a favor, casi siempre restan.

Antes hemos escuchado decir a los expertos que la evasión impositiva es innata de los contribuyentes y que ninguna sociedad paga voluntariamente sus impuestos, sino que por el contrario lo hace únicamente con políticas coercitivas. De esta manera, si aplicamos el mismo criterio, solo a través de planteos judiciales deberían ser actualizadas las cifras a favor de los pensionados.

El sistema jubilatorio argentino se encuentra próximo a asumir los cambios. Estaría en juego la edad mínima para las mujeres, que pasaría de los 60 a los 70 años, y la de los varones (de 65 a 75 años de edad). De 30 a 45 años, aumentaría el tiempo mínimo de cotización o aportes requeridos.

Está previsto que sea gradual, como toda reforma previsional en aquellos países que la han transitado. Pero no por esta razón, menos inminente.

Por esta causa, quienes se encuentren en el etario próximo a jubilarse, entre los 59 y 64 años, deberán preocuparse y ocuparse ya mismo, para no quedar atrapados en el segmento más desfavorable que prometen las próximas reformas.

Esto los obligará a saber de antemano qué variables se exigirán en el período de "transición" como habitualmente se denomina a los años de ajuste entre una norma y su reforma.

Las medidas judiciales precautorias existen como protección y pueden utilizarse invocando el principio consagrado constitucionalmente de igualdad de los ciudadanos ante la Ley.

Tambien afectará a los Convenios Multilaterales en relación a los cálculos de las "pro-ratus", los que se verán lógicamente afectados en su elevacion de edad y años en sus cotizaciones.

Está claro que todas las políticas apuntan a focalizar la solución por parte de los estados que administran los erarios previsionales, proyectando soluciones a corto o largo plazo, aunque estos casi siempre acaban por inclinar la balanza de manera desfavorable sobre los más débiles.
 

Sandra Partenio
Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social  y Convenio Bilateral
info@staffprevisional.com