lunes, 17 de julio de 2017

Moratoria Previsional: Ley 26.970

Nota publicada en la Revista ARG Express del mes de Julio

MORATORIA: Hasta el 23 de Julio de 2019

Escribe Sandra Partenio


La reglamentación de la ley que implementó la novedosa Reparación Histórica a Jubilados y Pensionados del Régimen General Previsional Argentino, denominado SIPA, estableció el plazo que vencería el beneficio de la moratoria previsional en caso de mujeres y hombres que estaban en plazo de arribar a los 65 años. Es decir, que propició un margen para aquellos que si bien estaban próximos a cumplir la edad jubilatoria aún debían esperar a ello. La ley 27.260 /16 en su artículo 22 determina una prórroga de 3 años de la Moratoria, sólo para el caso de las mujeres, y especifica que este plazo podrá ser prorrogado por igual término. En el caso de los hombres, el plazo vencería el 27 de septiembre de este año.


Sin embargo, el Decreto Reglamentario Nº 894/2016 establece que la Moratoria Previsional Ley Nº 26.970 vencerá el día 23 de julio de 2019. Interpretando esta última fecha de vencimiento como la entrada en vigencia de la nueva y futura reforma previsional, la cual será progresiva en cuanto a mayores requisitos de edad y aportes.


Al no aplicarse la prerrogativa de la norma desde el ente regulador previsional, el Anses, desde hace más de un año, el director ejecutivo de este organismo ha sido recientemente denunciado por este motivo. Ahora se le exige que establezca en forma inmediata la aplicación e implementación de lo que reglamenta la ley citada.


Desde  septiembre de 2016, quienes no tenían una edad menor a 64 años eran obligados a ingresar en la Pensión Universal, nuevo concepto de prestación previsional devenida en una asistencia notablemente menor, perjudicial y en claro detrimento de sus derechos constitucionales.


Ahora, los cotizantes podrán acogerse al beneficio de la Moratoria Previsional (sin dudar) hasta el 27 de septiembre de 2019. Tanto del ama de casa o de adquisición de los años necesarios faltantes, aquellos que no han podido o no les fueron ingresados los aportes en el periodo anterior al año 1993. En los casos que corresponda, hombres y mujeres gozarán del precepto de "inclusión previsional" que comenzó a aplicarse a partir del año 2004, como una importante conquista social.

Sandra Partenio
Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social  y Convenio Bilateral
info@staffprevisional.com

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