viernes, 12 de febrero de 2016

Termina el 30 de septiembre la última Moratoria Previsional Argentina Ley 26.970

Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios Internacionales


Quienes tengan derecho por haber residido y trabajado en Argentina durante 30 años (desde su mayoría de edad) y el requisito de edad -60 años las mujeres y 65 los hombres-, y que por diversas circunstancias adversas no pudieron o no alcanzaron a regularizar sus aportes o cotizaciones, las "moratorias previsionales o regímenes de facilidades de pago" en la República Argentina vienen incluyendo al sistema, desde el año 2004, a quienes estaban excluidos para acceder a una jubilación mínima y a una obra social.

Finalizará el próximo 30 de septiembre del presente año el plazo previsto por dicha ley para solicitar su inclusión, por lo que si aún los interesados no hubieran solicitado los beneficios de la misma podrían hacerlo todavía hasta el 30.09.2016.
Todas las personas que estén próximas a jubilarse podrán acceder a este beneficio si se dan los requisitos detallados.

Las personas fallecidas también podrán transmitir la pensión de viudedad si hubieran estado con anterioridad inscritas al padrón de Autónomos del régimen argentino únicamente.

Aquellas personas que no teniendo la edad requerida para jubilarse al 30.09.16, pero que aún no reúnan los 30 años de aportes requeridos por el sistema jubilatorio argentino, podrán realizarlo mediante un expediente de reconocimiento de años de aportes o servicios, sumar los años faltantes y pagar mediante cuotas (hasta 60) que permite el "plan de regularización" y de esta manera utilizar los beneficios y hacer uso de las moratorias aún vigentes.
En este sentido, sugerimos empezar 3 años antes la proyección jubilatoria.

Las consultas son varias y si bien son generales cada caso implica una historia laboral individual para su mayor análisis de beneficios. 
También sugiero comenzar las gestiones con profesionales conocidos en la materia y de trayectoria, ya que el derecho previsional hoy es más que una gestión del trámite para ser un caso concreto o de análisis especifico. Los sistemas informáticos han actualizado y mejorado la gestión, pero hay que reconocer que han sido cargados con los datos preexistentes y muchas veces han resultado escasos o erróneos.

Lo importante es destacar que una vez presentada toda la información, el formulario pide firmar en carácter de una declaración jurada todo lo manifestado (ver ítem del formulario Anses).

Esto es así porque después, si existiera disconformidad con el resultado de la Resolución, la materia a debatir será siempre sobre lo que informó el titular o beneficiario y eso será irreversible.

Antes de 1994, es decir antes de la creación de las AFJP, la ley era más beneficiosa para el trabajador. Esto hoy no existe, al menos en el sistema argentino, aunque parezca ser todo automático. Lo que beneficia en algunos casos en otros es totalmente adverso.

Por este motivo, considero que se debe trabajar con mucha delicadeza y en profundidad cada caso. Toda una vida de trabajo no se puede simplificar en un turno de presentación de los formularios. Esta es nuestra filosofía desde 1964.

Consultas en la web: www.staffprevisional.com.ar


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